Herencias en Galicia: cómo funciona el derecho civil gallego
Galicia tiene su propia ley de herencias: la Ley 2/2006 de derecho civil de Galicia. Si la persona que ha fallecido tenía vecindad civil gallega, esta ley decide buena parte del reparto, y no el Código Civil.
La diferencia se nota. La legítima de los hijos es mucho más pequeña, el viudo tiene derechos propios y existen fórmulas tradicionales para ordenar la casa familiar en vida. Aquí te lo resumimos y te llevamos a cada tema.
Cuándo se aplica la ley gallega
Lo decisivo es la vecindad civil del fallecido, es decir, el derecho civil al que estaba sujeto. No basta con tener una casa en Galicia, y tampoco hace falta haber muerto allí.
Un gallego que lleva años en Madrid puede conservar la vecindad gallega. Y alguien que vive en Vigo puede seguir con la vecindad común. Por eso es lo primero que revisa el abogado.
Las diferencias principales con el Código Civil
- La legítima de los hijos es una cuarta parte del valor líquido de la herencia. En el Código Civil son dos tercios.
- Los padres no tienen legítima. Quien no tiene hijos puede dejar todo a quien quiera, respetando al viudo.
- El legitimario es un acreedor. Tiene derecho a un valor, no a bienes concretos, y se le puede pagar en dinero.
- El viudo tiene un usufructo sobre parte de la herencia y puede pedir concretarlo en la vivienda habitual.
- Existen pactos propios, como la mejora y la apartación, para ordenar la herencia en vida.
- Se admite el testamento mancomunado, firmado por dos o más personas en un mismo documento notarial.
Figuras propias que conviene conocer
El derecho gallego conserva instituciones ligadas a la casa y la tierra. Algunas de ellas:
- La mejora de labrar y poseer. Sirve para que un hijo reciba el lugar acasarado o la explotación y se mantenga sin dividir.
- El usufructo voluntario de viudedad. Los cónyuges pueden acordarlo en escritura o dejarlo en testamento, sobre toda la herencia o parte.
- El testamento por comisario. Un cónyuge encarga al otro que elija heredero o reparta bienes entre los hijos comunes.
- El contrato de vitalicio. Una persona transmite bienes a otra a cambio de que la cuide y atienda de por vida. Tiene además un trato fiscal propio.
Los temas, uno a uno
- La legítima en Galicia: quién la tiene, cuánto es y cómo se paga.
- Herencia sin testamento: quién hereda y qué pasa si no queda familia.
- El testamento en Galicia: mancomunado, por comisario y otras opciones.
- Pactos sucesorios: la mejora y la apartación.
- Derechos del viudo o la pareja: usufructo y vivienda.
El impuesto, en otra página
El derecho civil dice quién hereda. El impuesto de sucesiones lo gestiona la Axencia Tributaria de Galicia y tiene reglas propias.
Por ejemplo, descendientes, ascendientes y cónyuge tienen una reducción de 1.000.000 de euros cada uno. Muchas reducciones hay que pedirlas expresamente al presentar el impuesto. Tienes el detalle en sucesiones en Galicia.
Cómo te ayudamos
Las herencias gallegas suelen incluir fincas, casas en la aldea o bienes sin inscribir. Cuéntanos qué ha pasado, dónde vivía la persona y qué bienes había.
Con esa información situamos el primer paso. Después buscamos un abogado colaborador que conozca el derecho civil gallego y trabaje en tu provincia.
Hablar con nosotros no te obliga a nada. El abogado te explica sus honorarios y el alcance del encargo antes de empezar.
Si hay fincas de por medio, quizá te sirva también heredar una finca rústica.
Preguntas frecuentes
¿Mis hijos pueden reclamar dos tercios si tengo vecindad gallega?
No. Con la ley gallega su legítima es una cuarta parte, repartida entre ellos.
¿Puedo dejarle la casa a un solo hijo?
Sí, siempre que a los demás se les pague su legítima, que puede abonarse en dinero. También puede hacerse en vida con un pacto de mejora.
¿El testamento mancomunado vale fuera de Galicia?
Los gallegos pueden otorgarlo en Galicia o fuera de ella. Conviene firmarlo ante notario con asesoramiento previo.
¿Qué ocurre si no queda ningún familiar con derecho a heredar?
Hereda la Comunidad Autónoma de Galicia, que destina los bienes a fines de asistencia social o cultura. Lo hace preferentemente en el lugar donde vivía el fallecido.
¿Hay plazo para reclamar la legítima?
Sí. Las acciones para reclamarla prescriben a los quince años del fallecimiento, un margen amplio que no conviene apurar.
Datos revisados en octubre de 2026. La ley puede modificarse y el abogado confirma cómo se aplica a tu familia.
Puedes comparar con otras comunidades en el índice de derecho foral.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido