Heredero que no acepta ni renuncia

¿Qué pasa si uno de los herederos es menor de edad?

Un menor de edad puede heredar como cualquier otra persona, pero no puede firmar por sí mismo. Aceptan y firman en su nombre sus padres, como representantes legales. Hay dos situaciones en que eso no basta. La primera, cuando el padre o la madre también hereda y sus intereses chocan con los del niño. La segunda, cuando se quiere renunciar o vender bienes del menor. En esos casos interviene un defensor judicial o hace falta permiso del juez.

Es muy habitual cuando fallece uno de los progenitores y deja hijos pequeños. La herencia no se bloquea, pero lleva algunos pasos más.

Quién firma por el menor

Mientras el menor no cumpla la mayoría de edad, sus padres le representan. Si solo vive uno, o solo uno tiene la patria potestad, firma ese. Si el menor tiene un tutor, firma el tutor.

Ellos acuden a la notaría, aportan su documentación y la del menor, y firman en su nombre la aceptación y el reparto.

Cuándo hace falta un defensor judicial

El caso más típico es este: fallece el padre, y heredan la madre y los hijos menores. La madre es heredera y, a la vez, representa a sus hijos en el mismo reparto. Sus intereses pueden ser opuestos: lo que se lleva ella no se lo llevan ellos.

Para proteger al menor, la ley exige nombrar a un defensor judicial. Es una persona que representa al menor solo en esa herencia. Suele ser un familiar de confianza sin interés en el reparto.

Cómo se nombra

  1. Se presenta una solicitud en el juzgado del domicilio del menor.
  2. Se propone a una persona, explicando por qué es adecuada.
  3. El juzgado la nombra si no hay inconveniente.
  4. El defensor revisa el reparto propuesto y firma en nombre del menor.
  5. Si el reparto lo hace el defensor judicial, después suele necesitar la aprobación del juzgado.

Hay situaciones en que no hace falta. Por ejemplo, si el testamento nombra a un contador-partidor que hace el reparto. El abogado revisa si es tu caso.

Renunciar en nombre del menor

Los padres no pueden renunciar libremente a una herencia de su hijo. Necesitan autorización judicial, y el juez solo la concede si renunciar beneficia al menor. Pasa, por ejemplo, cuando la herencia tiene más deudas que bienes.

Si el juez no autoriza la renuncia, la herencia se acepta con cautelas para que el menor no responda de las deudas con su propio dinero.

Lo explicamos también en si renuncio a la herencia, ¿pasa a mis hijos?.

Vender bienes heredados por un menor

Si la herencia incluye una vivienda y la familia quiere venderla, la parte del menor necesita autorización del juez. Se valora que la venta sea en interés del niño y que el precio sea adecuado. Si el menor ya tiene dieciséis años y da su consentimiento ante notario, no hace falta ese permiso. El dinero suele quedar protegido a su nombre.

Esto afecta también a los demás herederos adultos. Si la casa es de varios y uno es menor, la venta completa depende de esa autorización. Más sobre ventas en vender una vivienda heredada.

Plazos y cosas que conviene saber

El impuesto no espera. El plazo de seis meses para el impuesto de sucesiones también corre para el menor. Se puede pedir prórroga dentro de los cinco primeros meses.

Las cuentas del menor se vigilan. Los padres deben administrar sus bienes con cuidado y pueden tener que rendir cuentas.

Las comunidades con derecho civil propio tienen reglas particulares sobre la herencia de menores. Lo confirma el abogado con tu caso.

Qué hacer ahora

  1. Reúne el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento.
  2. Aporta el libro de familia para acreditar quién es menor y quién le representa.
  3. Comprueba si el progenitor que firma también es heredero.
  4. Piensa en un familiar de confianza que pueda ser defensor judicial.
  5. Consulta con un abogado antes de pedir cita en la notaría.

Si otro heredero no colabora, mira heredero que no acepta ni renuncia.

Preguntas frecuentes

¿Puede el menor firmar si tiene dieciséis o diecisiete años?

En general no, salvo que esté emancipado. Aun así, su opinión debe escucharse. Y para vender sus inmuebles, su consentimiento ante notario puede evitar pedir permiso al juez.

¿El defensor judicial cobra?

Si es un familiar, normalmente no. Si es un profesional, el abogado te explica los gastos antes de empezar.

¿Y si el padre que queda no quiere tramitar la herencia?

Los demás herederos pueden pedir que se decida, igual que con cualquier heredero. El menor no deja la herencia bloqueada para siempre.

Que haya niños en la herencia obliga a ir con más cuidado, no a pararlo todo. Cuéntanos quiénes heredan y te ponemos en contacto con un abogado que organice los pasos.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido