Herencias en Aragón: derecho civil propio

Derechos del viudo en Aragón: el usufructo de viudedad

En Aragón el matrimonio da a cada cónyuge el derecho de viudedad: cuando uno muere, el otro tiene el usufructo de todos sus bienes mientras viva. Puede usarlos y cobrar sus rentas, aunque la propiedad sea de los hijos u otros herederos. Este derecho se puede excluir, limitar o renunciar, pero siempre en escritura pública o en testamento mancomunado.

La pareja estable no casada no tiene ese usufructo. Tiene el ajuar de la vivienda y puede seguir en ella un año. Datos revisados en octubre de 2026; la ley puede cambiar y el abogado lo confirma con tu caso.

Cómo funciona la viudedad

Piensa en dos fases.

Mientras viven los dos, la viudedad es un derecho en espera, que la ley llama expectante. Cada cónyuge sabe que, si sobrevive, disfrutará de los bienes del otro. Por eso, al vender ciertos bienes durante el matrimonio, a veces se pide al otro cónyuge que renuncie a ese derecho sobre ellos.

Cuando muere uno, el derecho se convierte en un usufructo real sobre todos los bienes del fallecido. El viudo puede vivir en la casa, cultivar las tierras, cobrar los alquileres o los intereses. Los herederos son dueños, pero no disfrutan de esos bienes hasta que el usufructo se acaba.

Un derecho que pesa sobre toda la herencia

El usufructo aragonés no es una parte, como en el Código Civil. Recae sobre todos los bienes del fallecido, también los que forman la legítima de los hijos.

Eso cambia mucho la situación de los hijos. Pueden heredar la propiedad de la casa familiar y, aun así, no poder venderla libre de cargas ni vivir en ella mientras viva el viudo, salvo acuerdo.

Se puede limitar o excluir

La viudedad no es intocable. Los cónyuges pueden excluirla o limitarla:

  • Mediante un pacto en escritura pública, por ejemplo en capitulaciones matrimoniales.
  • En un testamento mancomunado firmado por los dos.
  • Con una renuncia del propio cónyuge en escritura pública, sobre todos los bienes del otro o sobre una parte.

Además, cada cónyuge puede excluir en su testamento los bienes que vayan a sus hijos no comunes, con un límite que fija la ley.

Algunas parejas lo hacen cuando hay hijos de relaciones anteriores y quieren que reciban los bienes sin esperar. Otras prefieren reforzar la posición del viudo. Lo vemos en el testamento en Aragón y en pactos sucesorios en Aragón.

El viudo y la herencia sin testamento

El viudo no es legitimario en Aragón. Sin testamento, hereda la propiedad solo si no hay descendientes ni ascendientes, y antes que los hermanos. Pero, herede o no, mantiene el usufructo de viudedad sobre todo. Lo explicamos en herencia sin testamento en Aragón.

La pareja estable no casada

La pareja no casada no tiene derecho de viudedad por ley. Tiene dos derechos más limitados:

  • Quedarse con el ajuar de la vivienda habitual.
  • Seguir viviendo en esa vivienda durante un año después de la muerte.

Si la pareja quiere más protección, tiene que dejarlo en testamento o en pacto sucesorio. Puedes ver ideas en testamento para parejas de hecho.

El usufructo y el impuesto

Recibir el usufructo de viudedad también tributa en el impuesto de sucesiones. Hacienda de Aragón ha aclarado en una instrucción de 2025 varios criterios:

  • El viudo tributa por el usufructo aunque después renuncie a él.
  • Si renuncia sin más, los propietarios presentan su propia autoliquidación en seis meses desde la escritura de renuncia.
  • Si el usufructo se cambia por bienes en plena propiedad, esa operación tributa por otro impuesto, el de transmisiones patrimoniales.

El viudo puede aplicar, si cumple los requisitos, la reducción aragonesa para cónyuges. Lo resumimos en el impuesto de sucesiones en Aragón y, en general, en el usufructo del viudo en el impuesto.

Qué hacer ahora

  • Comprueba si había capitulaciones o testamento que limitaran la viudedad.
  • Antes de renunciar al usufructo, calcula qué supone en el impuesto.
  • Si los hijos quieren vender, hablad de cómo compensar al viudo.
  • La pensión de viudedad es otra cosa; la explicamos en pensión de viudedad.

Preguntas frecuentes

¿Los hijos pueden vender la casa si vivo en ella?

Sin tu acuerdo no pueden disponer de su uso mientras dure tu usufructo. Lo habitual es negociar una solución conjunta.

¿Pierdo la viudedad si me vuelvo a casar?

En general, sí. El usufructo se extingue si vuelves a casarte o haces vida marital estable, salvo pacto de los cónyuges o disposición del fallecido en contra.

¿La pareja de hecho tiene usufructo en Aragón?

No por ley. Solo si se le reconoce en testamento o pacto.

Para el resto de reglas aragonesas, vuelve a herencias en Aragón.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido