Derechos del viudo o la pareja estable en Illes Balears
Si ha fallecido tu cónyuge o tu pareja estable y se aplica el derecho balear, tienes derecho a un usufructo sobre la herencia. Es el derecho a usar los bienes y cobrar sus rentas mientras vivas, aunque la propiedad sea de los herederos.
Su alcance cambia según la isla y según con quién concurras en la herencia. Lo regula la Compilación de Derecho Civil de las Illes Balears.
En Mallorca y Menorca: el viudo es legitimario
Aquí el cónyuge no separado tiene legítima, con o sin testamento. Su usufructo es:
- De la mitad de la herencia, si hay hijos o descendientes.
- De dos tercios, si concurre con los padres del fallecido.
- De toda la herencia, en los demás casos, por ejemplo si solo quedan hermanos o sobrinos.
Los herederos tienen que respetarlo aunque el testamento deje todo a otras personas. Si no lo hacen, el viudo puede reclamarlo.
En Eivissa y Formentera
La Compilación recoge con claridad los derechos del viudo en la herencia sin testamento:
- Usufructo de la mitad de la herencia, si hay descendientes.
- Usufructo de dos terceras partes, si concurre con ascendientes.
Si había testamento, el reparto depende de lo que diga y de las reglas de estas islas. El abogado revisa qué le corresponde al viudo en ese caso.
La pareja estable, con los mismos derechos
En Baleares, el miembro superviviente de una pareja estable tiene los mismos derechos que la Compilación da al viudo. Vale tanto con testamento como sin él.
Lo establece la ley balear de parejas estables, la Ley 18/2001. Es importante comprobar que la pareja cumplía los requisitos de esa ley. Si no los cumplía, su situación depende mucho más del testamento.
En el impuesto de sucesiones, la pareja estable inscrita recibe además el trato de la familia directa. Lo explicamos en hijos y cónyuge en Baleares.
Un ejemplo
Fallece en Palma una mujer con vecindad mallorquina. Deja marido y una hija, y un testamento que nombra heredera a la hija.
La hija recibe la herencia. El marido tiene el usufructo de la mitad, que suele concretarse sobre la vivienda familiar y otros bienes. Cuando él fallezca, la hija tendrá la propiedad plena de todo.
Si la mujer no hubiera tenido hijos ni padres vivos, el usufructo del marido abarcaría toda la herencia.
Si no había testamento
Sin testamento, el orden de herederos es el del Código Civil: hijos, padres y después el viudo. Pero el viudo conserva el usufructo que hemos visto, según su isla.
Si no hay hijos ni padres, el viudo hereda antes que hermanos y sobrinos. Más detalle en herencia sin testamento en Illes Balears.
Lo que conviene revisar pronto
- La vecindad civil y la isla del fallecido, porque los derechos cambian entre Mallorca y Menorca y las Pitiusas.
- Si había separación. En Mallorca y Menorca pierde la legítima el cónyuge separado legalmente o con trámites de separación o divorcio ya iniciados. Una separación solo de hecho la revisa el abogado.
- Si existían pactos sucesorios, como una donación universal o un pacto de institución, que ya ordenaron parte de los bienes.
- Si hay bienes fuera de las islas, que también forman parte de la herencia.
Con esa información, el abogado calcula qué te corresponde y cómo encajarlo en el reparto.
Qué hacer ahora
- Reúne el certificado de matrimonio o la documentación de la pareja estable.
- Pide la copia del testamento y el certificado de últimas voluntades.
- Identifica la vivienda familiar y los bienes que usáis a diario.
- Antes de firmar el reparto, valora con el abogado si te conviene el usufructo o cambiarlo por bienes en propiedad.
Para ese último punto te ayudará el reparto de la herencia con viudo. Y si tu pareja te dejó fuera del testamento, mira la legítima del viudo.
Preguntas frecuentes
¿Puedo seguir viviendo en la casa?
Si el usufructo se concreta sobre la vivienda, sí, mientras vivas. Es una de las primeras cuestiones que conviene dejar clara en el reparto.
¿El usufructo paga impuesto?
Sí, tributa en el impuesto de sucesiones balear, que es favorable para el cónyuge y la pareja estable inscrita. Míralo en sucesiones en Illes Balears.
¿Y la pensión de viudedad?
Es independiente de la herencia y la paga la Seguridad Social. Lo explicamos en pensión de viudedad.
Datos revisados en octubre de 2026. Las normas pueden cambiar, y el profesional comprueba con tu caso y tu isla qué derechos tienes.
Vuelve a herencias en Illes Balears para ver los demás temas.
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido