Renuncia a la herencia

¿Puedo renunciar a la herencia si ya he usado algo del fallecido?

Depende de lo que hayas hecho. Cuidar, conservar o pagar gastos urgentes no te impide renunciar. Pero si has actuado como dueño, por ejemplo vendiendo algo o gastando el dinero de las cuentas en tus cosas, la ley puede entender que ya aceptaste. Y una vez aceptada, la herencia ya no se puede rechazar.

Es una duda muy razonable. En las primeras semanas todo el mundo hace cosas con los bienes del fallecido sin pensar en las consecuencias legales.

Qué significa aceptar sin firmar nada

La herencia se puede aceptar de forma expresa, firmando un documento. Pero también de forma tácita, que quiere decir con hechos.

Se acepta tácitamente cuando haces algo que solo tendría sentido si fueras heredero, o algo que no podrías hacer sin serlo. La clave es si te has comportado como propietario de lo que dejó el fallecido.

Los actos de mera conservación o de administración provisional no cuentan como aceptación. La ley protege a quien solo intenta que nada se estropee mientras la familia decide.

Lo que normalmente no impide renunciar

  • Pagar el entierro o el funeral con dinero del fallecido.
  • Cerrar la vivienda, cambiar la cerradura o pagar la luz y la comunidad para evitar daños o deudas.
  • Recoger el correo, guardar documentos y pedir certificados.
  • Solicitar información al banco sobre las cuentas y los saldos.
  • Dar de baja servicios que ya no se usan, como el teléfono.
  • Pedir la declaración de herederos o el certificado de últimas voluntades.

Lo que puede entenderse como aceptación

  • Vender o regalar bienes del fallecido: el coche, joyas, muebles de valor.
  • Retirar dinero de sus cuentas para gastos personales.
  • Cobrar los alquileres de un piso suyo y quedártelos.
  • Poner a tu nombre un vehículo o cualquier otro bien.
  • Alquilar a otra persona la vivienda del fallecido.
  • Reclamar como heredero un crédito que le debían.

Ninguna lista es cerrada. Lo que importa es la intención que se deduce de tus actos, y cada caso se valora por separado.

Las zonas grises

Hay situaciones que no tienen una respuesta clara de antemano.

Seguir viviendo en la casa donde ya vivías con el fallecido no suele ser, por sí solo, aceptar. Usar a diario su coche puede interpretarse de distintas maneras según el contexto.

Presentar el impuesto de sucesiones o firmar documentos como heredero también puede leerse como aceptación. Por eso conviene no dar esos pasos hasta haber decidido.

Las comunidades con derecho civil propio, como Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia o Baleares, pueden tener matices. El abogado los confirma con tu caso.

Normalmente estas dudas solo se discuten si alguien tiene interés en ello. Suele ser un acreedor del fallecido que quiere cobrar o un coheredero en desacuerdo. Si llega el caso, quien decide es un juez.

Qué hacer ahora

  1. Deja de usar los bienes del fallecido como si fueran tuyos.
  2. Anota qué has hecho, cuándo y por qué, y guarda los justificantes.
  3. Si sacaste dinero de sus cuentas, documenta en qué se gastó.
  4. No firmes nada como heredero hasta tener claro si vas a aceptar o renunciar.
  5. Consulta con un abogado antes de ir a la notaría.

En la página de renuncia a la herencia tienes el resto del proceso: cómo se firma, qué documentos piden y qué efectos tiene.

Si la preocupación son las deudas, quizá te interese aceptar respondiendo solo con lo que hay en la herencia. Lo explicamos en herencia con deudas.

Preguntas frecuentes

¿Sacar dinero del banco para el funeral cuenta como aceptar?

En general, no. Los gastos del entierro se consideran una carga de la propia herencia. Guarda la factura y el justificante del cargo.

¿Y si he seguido usando el coche del fallecido?

Usarlo de forma puntual para tareas de la familia no suele bastar. Ponerlo a tu nombre, venderlo o usarlo como propio durante mucho tiempo sí puede pesar.

¿Quién puede alegar que ya he aceptado?

Sobre todo los acreedores del fallecido y los demás herederos. Para ellos puede ser importante que respondas como heredero.

Revisemos lo que has hecho hasta ahora

Cuéntanos qué gestiones has hecho desde el fallecimiento. Situamos contigo el primer paso y te ponemos en contacto con un abogado especialista, que te explica sus honorarios antes de empezar.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido