Herencias en Illes Balears: derecho civil propio

La legítima en Illes Balears: cuánto es en cada isla

En Baleares, la legítima de los hijos depende de cuántos sean. Si son cuatro o menos, les corresponde en conjunto un tercio de la herencia. Si son más de cuatro, la mitad.

Esta regla es común a todas las islas. Lo que cambia entre Mallorca y Menorca, por un lado, y Eivissa y Formentera, por otro, es el papel de los padres y del viudo. Lo regula la Compilación de Derecho Civil de las Illes Balears.

Quién tiene derecho a legítima en Mallorca y Menorca

Son legitimarios tres grupos:

  • Los hijos y demás descendientes. Un tercio si son cuatro o menos; la mitad si son más.
  • Los padres, solo si no hay descendientes. Su legítima es una cuarta parte de la herencia.
  • El viudo no separado. Su legítima es un usufructo, no una parte en propiedad.

El usufructo del viudo varía según con quién concurra. Con descendientes, recae sobre la mitad de la herencia. Con los padres del fallecido, sobre dos tercios. En los demás casos, sobre toda la herencia.

Quién tiene derecho a legítima en Eivissa y Formentera

La Compilación nombra como legitimarios a:

  • Los descendientes, con la misma regla: un tercio si son cuatro o menos, la mitad si son más.
  • Los padres, con la legítima que fija el Código Civil para ellos.

Para el viudo, la Compilación le reconoce con claridad un usufructo cuando no hay testamento. Si hay testamento, el abogado revisa qué derechos le quedan en vuestro caso.

Cómo se calcula, con un ejemplo

Pensemos en una madre de Mallorca con vecindad balear, viuda, que deja tres hijos. Como son cuatro o menos, la legítima global es un tercio.

Ese tercio se reparte entre los tres. A cada uno le corresponde, como mínimo, una novena parte de la herencia. Los otros dos tercios los puede dejar a quien quiera, también a uno de los hijos.

Si hubiera tenido cinco hijos, la legítima global sería la mitad, y cada uno tendría derecho a una décima parte.

Ahora cambiemos un detalle: la madre deja también marido. Además del tercio para los hijos, el viudo tendría el usufructo de la mitad de la herencia. Ese usufructo pesa sobre los bienes y hay que encajarlo en el reparto.

Cómo cambia frente al Código Civil

En el Código Civil, la legítima de los hijos es de dos tercios, sea cual sea su número. En Baleares es más reducida, sobre todo cuando hay pocos hijos.

Además, en Baleares un hijo puede renunciar a su legítima en vida, algo que el Código Civil no permite. Se hace con la definición en Mallorca y Menorca, y con el finiquito en Eivissa y Formentera. Lo explicamos en pactos sucesorios en Illes Balears.

Si crees que no se ha respetado tu legítima

Antes de reclamar, conviene revisar con calma varias cosas:

  • La vecindad civil del fallecido y de qué isla era.
  • Si existía una definición o un finiquito firmado en vida.
  • Las donaciones que hizo a hijos u otras personas.
  • El valor real de los bienes y las deudas.

Con esos datos, el abogado te dice si hay algo que reclamar y cómo. Tienes más contexto en reclamación de la legítima, en la legítima de los padres y en me han dejado fuera del testamento.

Qué hacer ahora

  1. Pide la copia del testamento y el certificado de últimas voluntades.
  2. Averigua si hubo algún pacto sucesorio firmado ante notario.
  3. Haz una lista de los bienes, en las islas y fuera de ellas.
  4. Cuéntanos el caso y te ponemos en contacto con un abogado que conozca el derecho balear.

Preguntas frecuentes

¿Los padres tienen legítima en Baleares?

Sí, pero solo si no hay descendientes. En Mallorca y Menorca es una cuarta parte. En Eivissa y Formentera se aplica lo que dice el Código Civil.

¿El hermano que vive en la Península tiene la misma legítima?

Sí. Lo que cuenta es la vecindad civil del fallecido, no dónde viven los hijos.

¿Puede un hijo quedarse sin legítima?

Puede ocurrir, por ejemplo, si renunció en vida mediante definición o finiquito, o si fue desheredado con causa legal. Para lo segundo, mira desheredar a un hijo.

Datos revisados en octubre de 2026. La norma puede cambiar y quien lleve vuestra herencia confirma cómo se aplica en vuestra isla.

Vuelve a herencias en Illes Balears o consulta el impuesto en sucesiones en Illes Balears.

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido