Reclamar la legítima

Me han dejado fuera del testamento: ¿qué puedo hacer?

Si eres hijo o descendiente y el testamento no te menciona, no te has quedado sin nada. La ley reserva a los hijos una parte mínima de la herencia, llamada legítima. Puedes reclamarla aunque el testamento te ignore. Si no eres hijo, cónyuge ni padre del fallecido, la situación cambia y tendrás que estudiar otras vías.

Descubrirlo en la lectura del testamento suele ser un golpe. Antes de decidir nada, conviene saber en cuál de estos casos estás.

Primero: ¿eres heredero protegido?

La ley no protege a todos los familiares por igual. En el Código Civil, tienen una parte reservada:

  • Los hijos y, si alguno murió antes, sus propios hijos.
  • Los padres, solo si el fallecido no tenía hijos.
  • El viudo o la viuda, con un derecho de uso y disfrute sobre parte de la herencia.

Los hermanos, sobrinos o primos no tienen parte reservada. Una persona sin hijos, padres ni cónyuge puede dejar todo a quien quiera, incluso a un amigo. En ese caso solo cabría discutir el testamento por otro motivo, como falta de capacidad o presiones.

Si el fallecido tenía su vecindad civil en Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia o Baleares, las reglas son distintas. Allí la parte reservada y quién la recibe no coinciden con el Código Civil.

Las tres situaciones que se confunden

No es lo mismo no aparecer que ser apartado a propósito. Distinguimos tres casos:

  • Te ignora sin decir nada. El testamento no te nombra ni te deja nada. Es lo que la ley llama preterición, que significa olvido u omisión.
  • Te nombra pero te deja poco. Recibes algo, pero menos de lo que te corresponde por ley. Aquí lo que se pide es completar tu parte.
  • Te deshereda expresamente. El testamento dice que no quiere que heredes y da un motivo. Es otro supuesto, con sus propias reglas. Lo explicamos en desheredar a un hijo.

Si te ignoró sabiendo que existías

Es el caso más habitual: un padre que, por enfado o distancia, no te menciona. La ley entiende que no puede quitarte tu parte mínima de esta forma. Tienes derecho a reclamar tu legítima, y el resto del testamento se mantiene en lo demás.

Para saber cuánto te corresponde, mira la guía sobre la legítima estricta.

Si te olvidó sin querer

A veces el olvido no es voluntario. Por ejemplo, naciste después de que se firmara el testamento, o tu padre no sabía que existías. En estos casos la ley es más protectora. Puede llegar a anularse el reparto que hacía el testamento entre los herederos.

Cuál de los dos casos se aplica es una cuestión de prueba. El abogado lo valorará con lo que sepas de la historia familiar.

Ojo con las donaciones en vida

Si recibiste algo importante en vida, como dinero para comprar tu casa, puede que no estés del todo fuera. Esas donaciones se tienen en cuenta para tu parte. Puede que ya hayas cobrado una porción de tu legítima por adelantado.

Qué hacer ahora

  1. Pide una copia autorizada del testamento para leerlo con calma.
  2. Comprueba si hubo testamentos anteriores y qué decían.
  3. Recopila lo que sepas de los bienes y de las donaciones que hizo en vida.
  4. No firmes la aceptación ni el reparto que te propongan los demás sin revisarlo antes.
  5. Consulta con un abogado especialista. Primero suele intentarse un acuerdo con los herederos. Si no lo hay, se reclama en el juzgado.

Preguntas frecuentes

¿Necesito impugnar todo el testamento?

Normalmente no. Basta con reclamar tu legítima. Solo si hay otros motivos, como presiones o falta de capacidad, tendría sentido impugnar el testamento.

¿Pueden repartirse la herencia sin mí?

Si eres heredero protegido, tu firma o tu parte deben tenerse en cuenta. Un reparto que te ignore puede discutirse después.

¿Y si mi padre nunca me reconoció?

Primero habría que establecer la filiación, es decir, que eres legalmente su hijo. Después podrías reclamar como cualquier otro hijo. Es un caso delicado que requiere estudiarlo con detalle.

¿Hay plazo para reclamar?

Sí, aunque no es igual para todos los casos y hay debate sobre algunos. No esperes: cuanto antes lo consultes, mejor.

Tienes la explicación completa del proceso en reclamar la legítima.

Si no apareces en el testamento y crees que te corresponde algo, cuéntanos tu caso. Te ayudamos a situar el primer paso y a encontrar un abogado especialista en tu provincia.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido