Aplazar o fraccionar el impuesto de sucesiones

Me han denegado el aplazamiento de sucesiones: qué hacer

Si Hacienda ha denegado tu aplazamiento o fraccionamiento del impuesto de sucesiones, todavía no estás en el cobro forzoso, siempre que lo pidieras dentro de plazo. La resolución abre un nuevo plazo para pagar sin recargo de apremio.

Ese tiempo es corto, pero suficiente para buscar otra salida: pagar con las cuentas del fallecido, presentar una nueva propuesta o recurrir.

Lo que no conviene es dejar pasar la fecha. Si no se paga en ese nuevo plazo, empieza la vía de apremio, con recargos.

Aquí te explicamos por qué suelen denegarse y qué puedes hacer.

Por qué se deniega un aplazamiento

Los motivos más frecuentes son:

  • Hacienda considera que hay dinero suficiente en la herencia o en el patrimonio del heredero.
  • La garantía ofrecida no le parece suficiente o no se aportó a tiempo.
  • La propuesta de plazos es demasiado larga para la cantidad.
  • Falta documentación o no se contestó a un requerimiento.

La resolución tiene que explicar el motivo. Leerla con calma ayuda a decidir el siguiente paso.

A veces el motivo es fácil de corregir, como un documento que faltaba. Otras veces refleja un desacuerdo de fondo sobre la liquidez de la herencia.

Denegación o inadmisión

No es lo mismo. Una inadmisión significa que Hacienda ni siquiera estudia la solicitud, por ejemplo porque repite otra ya denegada sin cambios.

Una denegación significa que la estudió y dijo que no.

Las consecuencias cambian. Tras una inadmisión, puede que ya estés en periodo ejecutivo. Por eso conviene que un profesional mire la resolución.

Las opciones que tienes

Pagar con el dinero de la herencia. Si hay saldo en las cuentas del fallecido, el banco puede pagar el impuesto directamente. Mira pagar sucesiones con el dinero del fallecido.

Recurrir la denegación. Se puede presentar un recurso si crees que la decisión no está bien fundada. El plazo viene en la resolución.

Buscar financiación. Un préstamo puede cubrir el pago. Lo explicamos en préstamo para pagar el impuesto de sucesiones.

Vender un bien. Si hay un inmueble o inversiones, una venta ordenada puede ser la solución. Mira vender la casa heredada para pagar sucesiones.

Pagar una parte. Pagar lo que se pueda reduce la deuda sobre la que corren recargos e intereses.

Una nueva solicitud, con cambios

Volver a pedir lo mismo no suele servir. Pero si cambian las circunstancias, una nueva solicitud puede prosperar.

Por ejemplo, si ahora se ofrece una garantía mejor, si se propone un calendario más corto o si se aporta la prueba de que no hay liquidez.

El profesional valora si merece la pena intentarlo o si es mejor ir por otra vía.

Si ya estás en apremio

Si el plazo pasó sin pagar, Hacienda envía la providencia de apremio con un recargo. Aun así, en esa fase todavía puede pedirse un aplazamiento, con condiciones.

Lo que no se debe hacer es ignorar las cartas. El siguiente paso es el embargo de cuentas, sueldos o bienes. Lo contamos en qué pasa si no pago el impuesto de sucesiones.

Qué hacer ahora

  1. Mira la fecha de la notificación y el plazo para pagar.
  2. Lee el motivo de la denegación.
  3. Comprueba si hay saldo en las cuentas del fallecido.
  4. Decide con un profesional si recurrir, pagar o combinar opciones.
  5. Antes de que venza el plazo, paga lo que sea posible.

Tienes el recorrido completo en aplazar o fraccionar el impuesto de sucesiones.

Preguntas frecuentes

¿Puedo volver a pedir el aplazamiento?

Si la nueva solicitud repite la anterior sin cambios, lo normal es que se inadmita. Tiene sentido si cambian las circunstancias o la garantía.

¿Recurrir paraliza el cobro?

No por sí solo. Para frenar el cobro mientras se resuelve hay que pedir la suspensión, normalmente con garantía.

¿Me cobran intereses por el tiempo que tardaron en contestar?

Por lo general, sí. Corren intereses de demora desde que acabó el plazo de pago voluntario hasta que se paga.

Un «no» de Hacienda no cierra todas las puertas, pero el reloj corre. Cuéntanos qué dice la resolución y te ponemos en contacto con un profesional que te ayude a elegir el siguiente paso.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido