Reclamar la legítima

¿Me pueden pagar la legítima en dinero en vez de con bienes?

En el Código Civil, la regla general es que la legítima se paga con bienes de la herencia, no con dinero ajeno a ella. Pero hay excepciones. El testamento puede autorizar que un hijo se quede con ciertos bienes y pague a sus hermanos en metálico. Y si todos los herederos están de acuerdo, se puede pagar como queráis.

Lo importante es que el valor que recibes no baje de lo que te corresponde. Te explicamos cuándo pueden pagarte en dinero y qué tienes que vigilar.

La regla general: tienes derecho a una parte de los bienes

La legítima no es una cantidad que te debe el resto de la familia. Es una parte de la propia herencia. Eso significa que, en principio, tienes derecho a recibir bienes de ella: una porción de la casa, de las cuentas o de lo que haya.

Por eso los demás herederos no pueden imponerte, por su cuenta, que aceptes un pago en dinero que salga de su bolsillo. Tampoco tú puedes exigir un bien concreto, como la vivienda. Lo que la ley protege es que recibas bienes por el valor que te corresponde.

Cuándo se permite pagarla en dinero

Si el testamento lo autoriza

El padre o la madre puede disponer en su testamento que uno o varios hijos se queden con todos o parte de los bienes. Los demás reciben su legítima en dinero. También puede encargar esa decisión a un contador-partidor.

Esta vía tiene requisitos y plazos estrictos. Hay que comunicar la decisión a los demás hijos y pagarles en un tiempo limitado. Si no se cumple, la opción se pierde y se vuelve a la regla general.

Para mantener una empresa o una explotación

Si en la herencia hay un negocio o una explotación, el testamento puede ordenar que pase entera a un heredero. Los demás reciben su parte en dinero, incluso con algún aplazamiento. Si el testamento no lo prevé, cada legitimario puede pedir su parte en bienes.

Cuando un bien no se puede dividir

Una vivienda no se reparte en trozos. Si nadie quiere la casa en común, se puede adjudicar a un heredero que compense a los demás en dinero. Si no hay acuerdo, cualquiera puede pedir que se venda. Lo explicamos en extinción de condominio de la vivienda heredada.

Si todos los herederos están de acuerdo

Es lo más habitual. Si os ponéis de acuerdo en que uno se queda la casa y paga a los demás, es válido. Lo importante es que el valor sea justo.

Lo que tienes que vigilar

La valoración. El error más común es aceptar una cantidad basada en un valor bajo de los bienes. Pide una tasación de los inmuebles si hay dudas.

La fecha del valor. Entre el fallecimiento y el pago, los bienes pueden subir o bajar. Conviene saber qué fecha se usa.

Las donaciones en vida. Si alguien recibió bienes antes, se suman al cálculo. Mira donaciones en vida y legítima.

Lo que firmas. Un documento en el que das por recibida tu legítima cierra la puerta a reclamar después.

El impuesto. El pago en dinero entre herederos puede tener consecuencias fiscales. El abogado o el gestor te lo explica.

Comunidades con derecho civil propio

En Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia y Baleares la legítima funciona de otra manera. En alguna de ellas, pagarla en dinero es lo normal. El abogado comprueba qué ley se aplica según la vecindad civil del fallecido.

Qué hacer ahora

  1. Lee el testamento y busca si autoriza pagar en dinero.
  2. Pide que te enseñen cómo se ha calculado la cantidad que te ofrecen.
  3. Si hay inmuebles, comprueba que la valoración es realista.
  4. No firmes ningún recibo de legítima sin revisarlo.
  5. Si la cifra no cuadra, consulta con un abogado.

Para entender todo el proceso, consulta reclamar la legítima.

Preguntas frecuentes

¿Puedo negarme a recibir dinero?

Si el testamento no lo autoriza y no hay otra excepción legal, puedes pedir tu parte en bienes. Lo confirma el abogado con tu caso.

¿Quién decide el valor de la casa?

Los herederos de común acuerdo, el contador-partidor o, si no hay acuerdo, un perito designado en el juzgado.

¿Me pueden pagar a plazos?

Solo si lo aceptas o si se trata de alguno de los casos que la ley permite.

Si te han ofrecido una cantidad y no sabes si es justa, merece la pena revisarla antes de firmar. Cuéntanos qué te proponen y te ponemos en contacto con un abogado especialista.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido