Contador-partidor

El contador-partidor renuncia, ha fallecido o no hace nada: qué pasa ahora

Si el contador-partidor nombrado en el testamento no acepta, renuncia, ha fallecido o simplemente no hace nada, la herencia no se queda bloqueada para siempre. Primero se mira si el testamento prevé un sustituto. Si no lo hay, los herederos pueden repartir de común acuerdo, pedir un contador-partidor dativo o acudir a la división judicial.

Es una situación más frecuente de lo que parece. Los testamentos se firman muchos años antes y, cuando llega el momento, la persona elegida ya no puede o no quiere.

Si nunca acepta el cargo

Ser contador-partidor es voluntario. Nadie está obligado a aceptar, y mientras no acepte no tiene ninguna obligación.

El problema es la espera. Si el contador ni acepta ni rechaza, los herederos no saben a qué atenerse. Por eso se le puede requerir formalmente, normalmente a través de notario, para que diga si acepta o no.

Ojo con el silencio. Con la regla del albacea, que suele aplicarse al contador, quien no se excusa en pocos días tras saber de su nombramiento puede entenderse que acepta. Entonces empieza a correr su plazo para repartir. El abogado valora cómo dejarlo claro.

Si renuncia después de aceptar

Antes de aceptar, puede rechazar el cargo sin dar explicaciones. Una vez aceptado, solo puede dejarlo si tiene una causa justa, como una enfermedad o un conflicto de intereses sobrevenido.

Si abandona sin motivo, podría tener que responder de los perjuicios que cause. En la práctica, lo importante para la familia es que deje el cargo de forma clara para poder pasar a otra vía.

Si ha fallecido o no puede ejercer

El cargo es personal. Si el contador fallece, sus herederos no lo heredan. Lo mismo ocurre si pierde la capacidad para ejercerlo.

Aquí la primera pregunta es si el testamento nombró un suplente. Muchos testamentos designan a una persona y, en su defecto, a otra.

Si acepta pero no avanza

Es el caso más frustrante. El contador aceptó, pero pasan los meses y no hay reparto.

Antes de nada, conviene preguntarle por escrito qué le falta. A veces espera documentos de los propios herederos o una tasación.

Si el retraso no tiene justificación, juega a favor de los herederos que su cargo tiene un plazo. Cuando se agota, deja de ser contador. Lo explicamos en el plazo del contador-partidor.

Las salidas cuando el contador falla

Sin contador testamentario, la herencia sigue su camino por otras vías:

  1. Acuerdo de todos los herederos. Es la más rápida si hay entendimiento. Firman juntos el reparto ante notario.
  2. Contador-partidor dativo. Si no hay acuerdo, los herederos y legatarios que representen al menos la mitad de la herencia pueden pedir que se nombre uno. Lo contamos en contador-partidor dativo.
  3. División judicial. Cualquier heredero puede pedir al juzgado que se haga el reparto. Más en división judicial de la herencia.

Si había varios contadores

A veces el testamento nombra a dos o más. Si deben actuar juntos y uno falla, puede que los demás no puedan seguir solos.

Todo depende de cómo esté redactada la cláusula. El abogado lo revisa antes de dar ningún paso.

Qué hacer ahora

Lee la cláusula del testamento: a quién nombra, si hay sustituto y si fija un plazo. Comprueba si el contador llegó a aceptar el cargo.

Si no hay respuesta suya, valora un requerimiento notarial para aclarar la situación. Y empieza a hablar con los demás herederos sobre qué camino preferís después.

El abogado colaborador te ayuda a elegir la vía y a prepararla. La visión general está en contador-partidor.

Preguntas frecuentes

¿Puede un heredero ocupar el lugar del contador que renuncia?

No como contador, porque la ley no permite que lo sea un coheredero. Sí puede impulsar un acuerdo o pedir un dativo.

¿Lo que hizo el contador antes de renunciar sirve de algo?

El inventario y las valoraciones pueden aprovecharse como base, sobre todo si todos los aceptan. Ahorra tiempo al siguiente paso.

¿Hay que pagarle algo si renuncia?

Depende de lo que diga el testamento y del trabajo hecho. Lo explicamos en quién paga al contador-partidor.

Que la persona elegida falle no condena a la herencia a quedarse parada. Cuéntanos qué ha pasado con vuestro contador y te ayudamos a buscar el siguiente paso.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido