Qué puede hacer y qué no el contador-partidor nombrado en el testamento
El contador-partidor nombrado en el testamento puede hacer el inventario, valorar los bienes, formar los lotes y adjudicar cada uno a un heredero, sin necesitar la firma de los demás. Lo que no puede es cambiar lo que dice el testamento: no decide quién hereda ni cuánto, y por regla general tampoco puede vender los bienes por su cuenta.
Dicho de otro modo, su trabajo es convertir los porcentajes del testamento en cosas concretas. No reescribir la voluntad del fallecido.
Lo que sí puede hacer
Estas son sus tareas habituales:
- Inventariar. Hacer la lista de bienes y deudas del fallecido.
- Valorar. Poner precio a cada bien, apoyándose si hace falta en peritos o tasadores.
- Liquidar. Restar deudas y gastos para saber qué queda por repartir.
- Formar lotes. Agrupar bienes para que cada heredero reciba lo que le toca en valor.
- Adjudicar. Decidir qué lote va a cada heredero y firmarlo ante notario.
- Interpretar el testamento, dentro de lo necesario para repartir, cuando alguna cláusula no está clara.
El resultado es el cuaderno particional. Lo explicamos en la página del cuaderno particional.
Adjudicar una casa a un solo heredero
Cuando un bien no se puede dividir sin perder valor, como un piso, el contador puede adjudicarlo a uno de los herederos. Ese heredero compensa a los demás con dinero o con otros bienes.
Es una de sus facultades más útiles y más discutidas. La tratamos en ¿puede el contador-partidor dar la casa a un solo heredero?.
Lo que no puede hacer
Su margen tiene límites claros:
- Cambiar las cuotas. Si el testamento dice que heredáis a partes iguales, no puede dar más a uno.
- Incluir o excluir herederos. Eso lo decide el testamento o la ley, no él.
- Vender bienes por su cuenta. Su función es repartir, no liquidar el patrimonio. Solo podría hacerlo si el testamento se lo permite de forma expresa.
- Pagar la legítima en dinero a unos hijos y dar los bienes a otro, salvo que el testamento le autorice expresamente. Aun así, hace falta luego la conformidad de los herederos o la aprobación del juzgado o del notario.
- Actuar fuera de plazo. Su cargo dura un tiempo limitado. Lo explicamos en el plazo del contador-partidor.
Si se excede en algo de esto, su reparto puede impugnarse. Más en impugnar el reparto del contador-partidor.
Cuando hay herederos menores de edad
Aquí el contador aporta mucha agilidad. Si reparte él, en general no hace falta pedir aprobación al juez por el menor.
Eso sí, debe hacer el inventario citando a los padres o tutores de ese menor. Es una garantía para que nadie pierda su parte.
Cómo trabaja con los herederos
Aunque no necesite su firma, un buen contador escucha a los herederos. Les pide documentos, les pregunta qué bienes prefieren y les explica los criterios del reparto.
Que pueda decidir sin acuerdo no significa que deba hacerlo a ciegas. Un reparto razonado y explicado se impugna mucho menos.
Los herederos, por su parte, pueden proponerle soluciones. Si todos coinciden en una, es frecuente que el contador la recoja.
Qué hacer ahora
Lee la cláusula del testamento que nombra al contador. Fíjate en si le da facultades especiales, como vender o pagar en dinero, y si fija un plazo.
Si eres heredero, prepara la información que te pida y pon por escrito tus preferencias. Si crees que se está excediendo, consulta antes de que firme el reparto.
El abogado colaborador revisa el testamento y te explica qué margen tiene el contador en tu caso. La visión general está en contador-partidor.
Preguntas frecuentes
¿El contador-partidor puede quedarse algo de la herencia?
No, salvo que el testamento le deje un legado o le fije una retribución. Su papel es repartir, no heredar.
¿Puede obligarme a aceptar un lote que no quiero?
Si el lote respeta el testamento y tiene el valor que te corresponde, sí. Lo que no puede es darte menos de lo que te toca.
¿Tiene que pagar él las deudas de la herencia?
No con su dinero. Las tiene en cuenta en el inventario y el reparto, y se pagan con los bienes de la herencia.
Saber qué puede hacer el contador da mucha tranquilidad. Cuéntanos qué dice vuestro testamento y te ayudamos a entender en qué punto estáis.
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Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido