Aceptación de herencia

Si estás casado, ¿la herencia es también de tu cónyuge?

No. Lo que heredas es solo tuyo, aunque estés casado en régimen de gananciales. La ley considera la herencia un bien privativo, es decir, propio de quien la recibe y no del matrimonio. Tu cónyuge no tiene que firmar para que aceptes y, en caso de divorcio, la herencia no se reparte con él o ella. La excepción: si el testamento os deja algo a los dos juntos, sin decir qué parte es de cada uno, puede ser ganancial.

Hay matices, eso sí. Las rentas que produzcan esos bienes, lo que hagas con el dinero heredado y las deudas que traiga la herencia pueden tocar la economía familiar.

Gananciales, separación de bienes y otros regímenes

En gananciales, lo que ganáis durante el matrimonio es de los dos. Pero hay excepciones, y las herencias y donaciones son la más clara: siguen siendo de quien las recibe.

En separación de bienes, cada uno es dueño de lo suyo. Con más razón, la herencia es solo tuya.

En Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia y Baleares hay regímenes propios, y en Cataluña y Baleares la separación de bienes es la regla general. En la mayoría la herencia sigue siendo de quien la recibe. Hay excepciones, como la comunicación foral de parte de Bizkaia, Aramaio y Llodio, donde los bienes se hacen comunes. El abogado lo confirma con tu caso.

Las rentas de lo heredado sí son comunes

Aquí está la sorpresa para mucha gente. En gananciales, el bien heredado es tuyo, pero lo que produce durante el matrimonio es de los dos. Por ejemplo:

  • El alquiler de un piso heredado.
  • Los intereses o dividendos de una cuenta o unas acciones heredadas.

El piso sigue siendo tuyo. Pero las rentas que cobras pasan a ser gananciales.

Cuidado con mezclar el dinero

Si ingresas el dinero heredado en una cuenta común y se mezcla con el resto, con los años puede ser difícil probar qué parte era tuya. Lo mismo ocurre si usas la herencia para comprar una vivienda a nombre de los dos.

Para conservar el carácter privativo, conviene dejar constancia: una cuenta separada, o una mención en la escritura de compra de que el dinero procede de una herencia. Es una precaución sencilla que evita discusiones si algún día hay un divorcio o un fallecimiento.

Lo mismo vale si usas la herencia para pagar la hipoteca de la casa común o hacer una reforma. Ese dinero privativo puede dar derecho a un reembolso en el futuro, pero solo si se puede demostrar de dónde salió.

¿Y las deudas de la herencia?

Si aceptas la herencia pura y simplemente y había deudas, respondes de ellas tú. Son deudas tuyas, no del matrimonio. Pero los acreedores pueden acabar afectando a bienes gananciales en determinadas situaciones, y eso preocupa con razón al cónyuge.

Por eso, si hay dudas sobre las deudas del fallecido, plantéate aceptar a beneficio de inventario. Así solo respondes con lo que heredas. Lo explicamos en beneficio de inventario o pura y simple.

Cuándo sí puede hacer falta la firma del cónyuge

Para aceptar o renunciar, no hace falta. Pero si heredas una vivienda y se convierte en el hogar familiar, venderla más adelante exigirá normalmente el consentimiento de tu cónyuge. Así lo prevé la ley para proteger la vivienda habitual de la familia, aunque sea de uno solo.

Qué hacer ahora

  1. Acepta la herencia a tu nombre: tu cónyuge no tiene que intervenir.
  2. Si heredas dinero, valora mantenerlo en una cuenta solo tuya.
  3. Si lo usas para comprar algo en común, deja constancia de su origen en la escritura.
  4. Si hay sospecha de deudas, infórmate antes de aceptar.

Tienes las formas de aceptar en la página de aceptación de herencia.

Preguntas frecuentes

Si me divorcio, ¿mi expareja tiene derecho a mi herencia?

No a los bienes heredados, que son tuyos. Sí puede tener derecho a las rentas que produjeron mientras estabais casados en gananciales.

¿Mi cónyuge hereda de mis padres?

No. Los suegros no son parientes con derecho a heredar sin testamento. Solo si le dejaron algo expresamente.

¿Tiene que ir tu cónyuge contigo al notario?

No para aceptar. Algunas notarías le piden datos o su presencia en operaciones posteriores, como la venta de la vivienda familiar.

Heredar estando casado no cambia de quién es la herencia, pero sí conviene ordenarlo bien. Cuéntanos tu situación y te ayudamos a verlo claro.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido