Aceptación de herencia

¿Puedo aceptar mi parte de la herencia sin los demás herederos?

Sí. Aceptar la herencia es una decisión individual, y cada heredero puede hacerlo por su cuenta, sin esperar a los demás. Puedes firmar tu aceptación ante notario aunque tus hermanos no quieran o no puedan todavía. Lo que no puedes hacer solo es repartir los bienes ni ponerlos a tu nombre: para eso hace falta, en principio, el acuerdo de todos.

Aceptar por separado, por tanto, no cierra la herencia. Pero sí te sitúa como heredero y te abre caminos para que la herencia avance.

Qué consigues al aceptar por tu cuenta

  • Ser heredero con todas las de la ley. Dejas de estar en una situación de espera y puedes actuar como tal.
  • Presentar tu parte del impuesto de sucesiones. Cada heredero puede declarar lo suyo, sin depender de los demás.
  • Proteger tu derecho en el Registro de la Propiedad. Puedes pedir que se anote tu derecho sobre los inmuebles de la herencia mientras no se reparten.
  • Pedir el reparto. Como heredero que ha aceptado, puedes exigir que la herencia se divida.
  • Vender tu parte. Puedes ceder tu porción de la herencia a otra persona, aunque los demás herederos pueden tener preferencia. Lo explicamos en vender mi parte de la herencia.

Lo que todavía no puedes hacer

Esta es la parte que más frustra, y conviene saberla antes de firmar para no llevarse sorpresas.

Aceptar no te hace dueño de un bien concreto. Hasta el reparto, todos los herederos sois dueños en común de todo. Así que, en general, no podrás:

  • Poner la vivienda o una cuenta a tu nombre.
  • Sacar dinero del banco por tu parte.
  • Vender un inmueble entero de la herencia.
  • Decidir solo sobre el alquiler o el uso de la casa.

Cómo se acepta por separado

Lo habitual es firmar una escritura de aceptación ante notario. Necesitarás el certificado de defunción, el de últimas voluntades, el testamento o la declaración de herederos y la información de los bienes.

Antes de firmar, piensa bien la forma de aceptar. Si no tienes claro que no haya deudas, valora hacerlo a beneficio de inventario, que limita tu responsabilidad a lo que heredas. Lo comparamos en beneficio de inventario o pura y simple.

Si los demás no se mueven

Aceptar tú es el primer paso. Muchas veces basta con eso para que el resto reaccione, porque ven que la herencia empieza a moverse. Si aun así siguen sin decidir, hay herramientas para desbloquearla:

  1. Requerimiento ante notario. Se pide al heredero indeciso que acepte o renuncie en un plazo. Si no contesta, se entiende que acepta. Lo contamos en qué pasa si no contesta a la interpelación notarial.
  2. Contador-partidor nombrado por el notario o el letrado del juzgado. Una persona imparcial que hace el reparto sin necesidad de unanimidad. Lo pueden pedir herederos que sumen al menos la mitad de la herencia. Puedes verlo en contador-partidor dativo.
  3. División judicial. El último recurso, cuando no hay otra salida.

Si el problema es que un hermano se niega a firmar, tienes más detalle en qué pasa si un hermano se niega a firmar la herencia.

Qué hacer ahora

  1. Reúne la documentación básica de la herencia.
  2. Decide cómo quieres aceptar, con información sobre posibles deudas.
  3. Firma tu aceptación y presenta tu parte del impuesto dentro de plazo.
  4. Propón al resto un calendario para repartir y, si no responden, valora las vías anteriores.

Tienes el resto de cuestiones sobre la aceptación en aceptación de herencia.

Preguntas frecuentes

¿Mis hermanos tienen que estar presentes cuando acepto?

No. Tu aceptación es solo tuya. Ellos tendrán que firmar cuando se haga el reparto.

¿Pago el impuesto aunque no pueda disponer de nada?

Sí. El plazo corre igual. Si no puedes pagar por tener todo bloqueado, se puede pedir aplazamiento. También se puede usar el dinero de las cuentas del fallecido, como explicamos en pagar sucesiones con las cuentas del fallecido.

Si aceptas tú, ¿los demás quedan obligados a aceptar?

No. Cada heredero decide por sí mismo si acepta o renuncia.

Aceptar por tu cuenta te da margen para no quedarte esperando. Cuéntanos cómo está la herencia y te ayudamos a ver el siguiente paso.

Otras dudas que te pueden servir

Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.

No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.

Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Indicar las fechas que recuerdes
  • Decir en qué provincia vivía el fallecido