¿Qué pasa si la renta del fallecido sale a pagar?
Si la última renta del fallecido sale a pagar, esa cantidad es una deuda de la herencia. La pagan los herederos, normalmente con el dinero que dejó el propio fallecido.
No hace falta que un heredero ponga dinero de su bolsillo si hay saldo en las cuentas. El banco suele permitir pagar impuestos del fallecido con su dinero, aunque las cuentas estén bloqueadas.
Si no hay dinero suficiente, existen alternativas. Y si la herencia tiene más deudas que bienes, conviene pensar bien cómo aceptarla.
Por qué puede salir a pagar
Lo habitual es que la última renta salga a devolver, pero no siempre.
Puede salir a pagar, por ejemplo, en estos casos:
- El fallecido tenía dos pensiones o una pensión y otro ingreso, y las retenciones no eran suficientes.
- Vendió un inmueble o unas acciones con ganancia durante ese año.
- Cobraba alquileres sin retención.
- Tenía rescates de planes de pensiones o de seguros.
Cada caso tiene su explicación. Antes de pagar, conviene que alguien revise si la declaración está bien hecha.
Con qué dinero se paga
Lo más sencillo es pagarla con las cuentas del fallecido.
Aunque estén bloqueadas, los bancos suelen permitir el pago de impuestos pendientes del titular. Se presenta la declaración indicando la cuenta del fallecido para el cargo, o se paga en la oficina con la carta de pago.
Si las cuentas no tienen saldo, los herederos pueden adelantar el dinero. Lo que adelanta cada uno se tiene en cuenta después en el reparto.
También se puede pedir aplazamiento o fraccionamiento a Hacienda, como con cualquier deuda tributaria.
Quién responde si no se paga
La deuda pasa a los herederos que aceptan la herencia. Hacienda puede reclamarla a cualquiera de ellos.
Las sanciones no se transmiten, porque eran personales del fallecido. Pero sí los recargos y los intereses de demora.
Si los herederos todavía no han aceptado, Hacienda puede dirigirse a la herencia yacente, es decir, a la herencia mientras nadie la ha aceptado.
Cuando hay más deudas que bienes
Si la herencia tiene pocas cosas y bastantes deudas, la renta a pagar es una más en la lista.
Quien acepta sin más responde de las deudas también con su propio patrimonio. Quien acepta a beneficio de inventario solo responde con lo que hereda.
Y quien renuncia no paga nada, porque no recibe nada. Puedes ver estas opciones en la página de herencia con deudas.
Esta decisión conviene tomarla antes de pagar nada en nombre de la herencia. Algunos actos se pueden interpretar como una aceptación.
Las rentas de años anteriores
A veces el problema no es la última declaración, sino otras anteriores que el fallecido no presentó.
Hacienda puede reclamarlas a los herederos mientras no hayan prescrito. Si llega una carta, no conviene ignorarla.
Un profesional puede revisar si la reclamación es correcta, si ha prescrito y cuál es la mejor forma de responder.
Qué hacer ahora
- Revisa la declaración antes de presentarla: a veces faltan gastos o deducciones.
- Comprueba si hay saldo en las cuentas del fallecido para el pago.
- Si no lo hay, decidid entre los herederos quién adelanta el dinero y cómo se compensa.
- Si la herencia puede tener deudas, valora con un profesional cómo aceptarla.
- Presenta y paga dentro de la campaña de renta para evitar recargos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pagar la renta del fallecido con su cuenta bloqueada?
Normalmente sí. Los bancos suelen permitir el cargo de impuestos del titular fallecido. Si pone pegas, el profesional te ayuda con la documentación.
¿Si pago la renta, ya he aceptado la herencia?
Pagar una deuda con dinero de la herencia no suele considerarse aceptación por sí solo. Aun así, conviene consultarlo si dudas entre aceptar o renunciar.
¿Me pueden sancionar por la renta de mi padre?
Las sanciones no se heredan. Pero si la deuda no se paga a tiempo, sí puede haber recargos e intereses.
Si lo que preocupa es cómo pagar los impuestos de la herencia en general, tienes también aplazar o fraccionar el impuesto de sucesiones.
Para todo lo demás de esta última declaración, vuelve a la página de la declaración de la renta del fallecido.
Si la renta de tu familiar ha salido a pagar y no sabéis cómo afrontarlo, cuéntanos la situación. Buscamos un profesional que os oriente.
Otras dudas que te pueden servir
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- ¿Hay que declarar la herencia en la renta?
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- Plazo para presentar la renta de un fallecido
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- Renta conjunta con el cónyuge fallecido
- Renunciar a la herencia y la renta del fallecido
Una herencia puede ser compleja. El primer paso puede ser sencillo.
No necesitas conocer el nombre del trámite. Empieza contándonos qué ha pasado.
Enviar una consulta no supone la aceptación del encargo ni el inicio de una relación abogado-cliente.
- Explicar brevemente qué ha ocurrido
- Indicar las fechas que recuerdes
- Decir en qué provincia vivía el fallecido